Ayudas Económicas Covid 19 - Ayuntamiento Almoradí
II Convocatoria de ayudas directas Paréntesis - Plan Resistir
Publicado por AdmonElche
viernes, 11 de junio de 2021 a las 12:42
II Convocatoria de ayudas directas Paréntesis - Plan Resistir lanzadas por el Ayuntamiento de Almoradí
OBJETO
el Ayuntamiento de Almoradí aprueba las segundas bases reguladoras y la segunda convocatoria para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas paréntesis del Plan Resistir de la Generalitat Valenciana, destinadas a microempresas y a personas trabajadoras autónomas afectadas por la pandemia, que cuenten con un máximo de 10 personas trabajadoras. Las ayudas están destinadas a sufragar el coste de gastos corrientes vinculados a la actividad comercial / empresarial, como pueden ser, entre otros, los siguientes: (Consultar BOP)
BENEFICIARIOS
Podrán obtener la condición de beneficiario de estas subvenciones las personas físicas que tengan la condición de autónomo, así como las microempresas, siempre que reúnan los siguientes requisitos:
a) Tener en Almoradí su domicilio fiscal.
b) Ejercer su actividad en los sectores económicos relacionados en el artículo 2 de estas bases.
c) Ejercer su actividad en los sectores económicos del Anexo II del Decreto Ley 1/2021, de 22 de enero, del Consell, y no haber sido beneficiario de subvención en la primera convocatoria de las ayudas paréntesis de este municipio o, habiendo sido beneficiario, que el importe concedido en concepto del apartado 1) del artículo 5 de dicha convocatoria haya sido inferior a 2.000 euros.
d) Tener contratadas a un máximo de 10 personas trabajadoras.
e) En el caso de personas físicas, haber figurado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos durante el período comprendido entre el 31 de diciembre de 2020 hasta la fecha de solicitud de la ayuda.
f) En el caso de personas jurídicas, haber estado constituidas y haber figurado de alta en la Seguridad Social el período comprendido entre el 31 de diciembre de 2020 hasta la fecha de solicitud de la ayuda.
Así mismo, podrán obtener la condición de beneficiario de estas subvenciones las personas físicas y jurídicas que hubieran sido beneficiarias por importe de 2.000 euros en concepto del apartado 1) del artículo 5 de la primera convocatoria (resuelta por Decreto de Alcaldía-Presidencia 2021-1085, de 13 de mayo de 2021), pero solo para el caso de que existan excedentes en esta segunda convocatoria, y siempre y cuando presenten una solicitud de participación utilizando el modelo de solicitud del Anexo II de estas bases
PLAZOS
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días naturales, contado desde el día siguiente a la publicación de las presentes bases y convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
MÁS INFORMACIÓN
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11/06/2021 12:42 | AdmonElche