¿La obligación de pagar por rechazar cookies es legal?
Publicado el martes, 28 de enero de 2025
A partir de enero de 2024, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) establece que las páginas web podrán limitar el acceso a sus contenidos o servicios si el usuario decide rechazar las cookies, siempre y cuando ofrezcan una alternativa que permita el acceso, aunque esta no tiene por qué ser gratuita. Este modelo, conocido como "cookie paywall", es considerado legal por la AEPD, ya que cumple con la normativa de protección de datos, siempre que el usuario sea informado de manera clara y pueda tomar una decisión libre y consciente.
Además, se destacan opciones para evitar el pago por navegar sin aceptar cookies, como el uso de extensiones de navegador (adblockers) o navegadores centrados en la privacidad, como DuckDuckGo o Brave, que bloquean rastreadores y cookies por defecto. Estas alternativas permiten a los usuarios proteger su privacidad sin necesidad de aceptar condiciones que comprometan sus datos personales.
Pagar por rechazar cookies
28/01/2025 08:05 | Forlopd_Privacidad