H. 03. 02. IMPUESTO SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS (ITPAJD)
H. 03. 02. b. ITPAJD. Impuesto sobre operaciones societarias
H.03.02.b. ITPAJD. Impuesto sobre Operaciones Societarias
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martes, 17 de septiembre de 2024
ÍNDICE
01. Incompatibilidad
02. Tipo de gravamen
03. Operaciones sujetas
04. Operaciones no sujetas
05. ¿Quiénes están sujetos?
06. Exenciones
DESARROLLO
El Impuesto sobre Operaciones Societarias grava la realización de determinadas operaciones por sociedades y ciertas entidades asimiladas a las mismas.
01. Incompatibilidad
Este gravamen es incompatible con el correspondiente Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas del mismo impuesto y con Actos Jurídicos Documentados en referencia a un mismo acto. Por el contrario, cuando una operación constituya hecho imponible en IVA y Operaciones Societarias, no se establece ninguna imposibilidad para compaginar su gravamen en ambos impuestos.
02. Tipo de gravamen
Es, para todas las operaciones sujetas, el 1%.
03. Operaciones sujetas
• Constitución de Sociedades
• Aumento de capital
• Disminución de capital
• Disolución
• Aportación de los socios que no supongan aumento de capital
• Traslado a España del domicilio social o sede de dirección efectiva cuando no estuvieran situados en Estado miembro de la Unión Europea
04. Operaciones no sujetas
• El aumento de capital con cargo a la reserva constituida exclusivamente por prima de emisión
• Las siguientes operaciones de reestructuración societaria a las que les sea aplicable el régimen especial del capítulo VIII, título VII de la Ley del Impuesto sobre Sociedades:
--- Fusiones, escisiones y canje de valores
--- Aportaciones de ramas de actividad
--- Aportaciones no dinerarias de las que resulte una participación en la sociedad de, al menos, el 5%
• La transformación y el traslado de sociedades
05. ¿Quiénes están sujetos?
A efectos de este gravamen no sólo se tienen en cuenta ciertas operaciones efectuadas por sociedades en sentido estricto, sino también:
• Se incluyen todo tipo de sociedades, civiles y mercantiles
• Las personas jurídicas no societarias que persigan fines lucrativos
• La comunidad constituida por actos inter vivos, cuando realice actividades empresariales
• La comunidad de bienes constituida mortis causa, cuando la explotación del negocio del causante continúe en régimen de indivisión por plazo superior a tres años
06. Exenciones
Revisado el 17/09/2024
17/09/2024 13:12 | publisher