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Ayudas Municipales València Activa Crea

Aprobada la Convocatoria de las ayudas València Activa Crea 2018

Hasta el martes, 18 de septiembre de 2018

Valencia Activa

Valencia Activa

Publicado el jueves, 30 de agosto de 2018 a las 09:48

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Ayudas Industrias Culturales Valencia

Ayudas Industrias Culturales Valencia

ABIERTO PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DEL 30 DE AGOSTO AL 18 DE SEPTIEMBRE DE 2018

OBJETO Y ÁMBITO

Estas ayudas están destinadas a financiar las altas de actividades económicas y en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos en las industrias creativas y culturales con la finalidad de apoyar y fomentar la creación de actividad empresarial creativa y cultural en la ciudad de València.

BENEFICIARIOS/ARIAS

Podrán concurrir aquellas personas físicas o jurídicas que se hayan dado de alta en una actividad empresarial de las recogidas en los epígrafes del Anexo I de esta convocatoria.

Quedan excluidas las entidades sin personalidad jurídica, las administraciones públicas, sus organismos autónomos, las empresas públicas y otros entes públicos, así como las asociaciones, fundaciones y, en general, entidades sin ánimo de lucro. También queda excluido el personal autónomo colaborador.

REQUISITOS

a) Que se haya dado de alta en una actividad empresarial de las recogidas en los epígrafes del Anexo I de esta convocatoria. Para ello se tendrán en cuenta los epígrafes que figuren en el certificado de Situación Censal.

b) Que el inicio de esta actividad genere una nueva alta en el RETA. En caso de personas jurídicas, la nueva alta en el RETA debe ser de la persona administradora o de una de ellas. En ningún caso se aceptarán altas en mutualidades profesionales o similares.

c) La fecha de efectos de alta en el RETA debe ser simultánea a la fecha de alta del Certificado de Situación Censal y no distar de dicha fecha en más de un mes.

d) Que la persona cuya alta en el RETA motive la solicitud de subvención no haya estado de alta en dicho régimen en los últimos 6 meses.

e) Que el comienzo efectivo de dicha actividad empresarial y el alta en el RETA haya sido entre el 1 de enero de 2016 y la fecha de presentación de la solicitud. 

f) Que la persona cuya alta en el RETA motive la solicitud de subvención esté empadronada en la ciudad de València con una antelación mínima de tres meses a la fecha dealta en el RETA, empadronamiento que deberá mantenerse, como mínimo, hasta la fecha de la resolución.

g) Que, desde el inicio de la actividad, el domicilio fiscal de la empresa o persona física se encuentre en el término municipal de València. 

h) No haber sido persona beneficiaria de las Ayudas Municipales València Activa Emprén en 2016, 2017 o 2018, ni de las Ayudas Municipales València Activa Crea 2017. 

i) Haber justificado cualquier subvención que le haya sido concedida con anterioridad por el Ayuntamiento de València, siempre que haya finalizado el correspondiente plazo de justificación. 

j) No tener deuda alguna pendiente con el Ayuntamiento de València.

k) No encontrarse incursas en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en particular, estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal y frente a la Seguridad Social.

PLAZO DE SOLICITUD

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP). 

CUANTÍA

Se concederá una cuantía fija de 6.000 € en concepto de lanzamiento, a las solicitudes que puedan acreditar una nueva alta en la Agencia Tributaria que conlleve una nueva alta en el RETA y que cumplan los requisitos. 

En caso de personas jurídicas, la solicitante y, en su caso, beneficiaria, será la persona jurídica, y sólo se podrá presentar una solicitud por persona jurídica, aunque haya generado más de una alta en el RETA

Las ayudas se otorgarán hasta agotar el crédito disponible, siguiendo el orden de prelación establecido por la fecha y hora en la que la solicitud completa haya tenido entrada en el Ayuntamiento de València. 

PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

El modelo de solicitud normalizado para la obtención de las ayudas reguladas en la presente convocatoria estará disponible en la web municipal valencia.es

Las solicitudes, que deberán dirigirse al Servicio de Empleo y Emprendimiento, se presentarán en los diferentes Registros de Entrada del Ayuntamiento de València, sin perjuicio de poder presentarlas en los demás lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Asimismo, podrá realizarse la presentación telemática de las mismas a través la página web del Ayuntamiento www.valencia.es. Para ello, la persona solicitante deberá disponer de firma electrónica avanzada con un certificado reconocido para la ciudadanía -personas físicas- admitido por la sede electrónica del Ayuntamiento.

En todo caso, estarán obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo las personas jurídicas y el resto de las enumeradas en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

DOCUMENTACIÓN QUE HAY QUE PRESENTAR

  • En caso de personas físicas:  
    • NIF o NIE.
    • Certificado actualizado de Situación Censal que indique la actividad, la fecha de alta y el domicilio fiscal.
    • Resolución/certificación del alta en el RETA
  • En caso de personas jurídicas:
    • NIF de la empresa.
    • Certificado actualizado de Situación Censal que indique la actividad, la fecha de alta y el domicilio fiscal.
    • Escritura de constitución y estatutos de la empresa actualizados, inscritos en el correspondiente Registro.
    • Acreditación de los poderes de la persona administradora.
    • NIF o NIE y resolución/certificación del alta en el RETA de la persona administradora que haya firmado la solicitud.

 En caso de que no se autorice al Ayuntamiento a la obtención directa de los certificados de estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Hacienda estatal y frente a la Seguridad Social y del Informe de Vida Laboral, estos informes deberán presentarse con la solicitud.

 CONVOCATORIA

 TRÁMITES Y SOLICITUD

EXTRACTO  PUBLICADO EN EL BOP  DE LA CONVOCATORIA (29/08/2018)

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